articulos
Across
- 3. ¿Quién debe oír el dictamen para calificar la edad?
- 5. ¿Qué se debe hacer judicialmente al tutor o curador según el Art. 398?
- 8. ¿Qué código regula la calificación de la edad en el Art. 342?
- 9. ¿Qué figura jurídica se aplica cuando hay duda sobre la edad según el Código de la Niñez?
- 12. ¿A qué edad se considera que una persona es mayor de edad?
- 14. ¿Quiénes pueden emitir el dictamen para calificar la edad?
- 17. Edad a partir de la cual un varón deja de ser impúber.
- 18. ¿Cómo se denomina al que ha dejado de ser impúber?
- 19. ¿A quién protege el tutor o curador?
Down
- 1. ¿Qué se califica cuando no se puede establecer la fecha de nacimiento?
- 2. ¿Qué aspecto físico se considera si no hay certeza documental de la edad?
- 3. Tipo de presunción que puede aplicar un juez en ausencia de pruebas directas.
- 4. ¿Cómo se considera la edad cuando no hay documentos ni certeza?
- 6. ¿Quién puede ser nombrado cuando se califica la edad sin certeza?
- 7. ¿Quién, junto con el tutor, puede ser nombrado según el Art. 521?
- 10. ¿Cómo se llama al que no ha cumplido siete años según el Art. 21?
- 11. Edad a partir de la cual una mujer deja de ser impúber.
- 13. ¿Qué debe oír el juez para establecer la edad según el Art. 342?
- 15. ¿Qué código establece las reglas sobre la presunción judicial?
- 16. ¿Cómo se denomina a quien no ha cumplido dieciocho años?