FONDOS DE RESERVA Y JUBILACIÓN
Across
- 2. (CT, Art. 42) Persona natural o jurídica obligada a cumplir los derechos laborales.
- 4. (CT, Art. 196) Institución donde el trabajador puede acumular sus fondos de reserva.
- 6. (LOS, Art. 4) Principio que garantiza el acceso a los servicios sanitarios.
- 7. (LEPEE, Art. 3) Persona legalmente facultada para ejercer la profesión.
Down
- 1. (CT, Art. 216) Beneficio que recibe el trabajador por prestar 25 años o más de servicios al mismo empleador.
- 3. (CT, Art. 196) Beneficio económico equivalente al 8,33 % de la remuneración mensual que recibe el trabajador luego de un año de servicio.
- 5. (LOS, Art. 6) Derecho que el Estado debe garantizar a toda la población.
- 6. (LEPEE, Art. 1) Profesión encargada del cuidado integral de la salud de las personas.