LEY ESTATUTARIA N° 1621 DEL 17 ABRIL 2013 - JHON JAIRO MENESES RODAS

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Across
  1. 5. Cada uno de los organismos que desarrolla actividades de inteligencia y contrainteligencia tendrá uno de estos centros
  2. 7. Estas mesas determinarán el organismo de la comunidad de inteligencia a través del cual se aplicarán los estudios
  3. 9. Es quien determina los requerimientos adicionales a los establecidos en el Plan Nacional de Inteligencia
  4. 10. Comisión creada para la depuración de los datos y archivos de inteligencia y contrainteligencia
  5. 11. Permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir adecuadamente con su misión
  6. 13. Los operadores de estos servicios estarán obligados a suministrar a los organismos de inteligencia y contrainteligencia previa solicitud
  7. 16. Para garantizar esto, los organismos de inteligencia y contrainteligencia podrán aplicar todas las pruebas técnicas, con la periodicidad que consideren conveniente, para verificación de calidades
  8. 17. Dependencia dedicada a la información y análisis financiero
  9. 19. Se debe proteger esto en los los servidores públicos que desarrollan actividades de inteligencia y contrainteligencia, y facilitar la realización de actividades de su cargo
Down
  1. 1. Son quienes contarán con toda la colaboración de los diferentes organismos y en ningún caso podrán revelar sus fuentes y métodos
  2. 2. En ningún caso los informes de inteligencia y contrainteligencia tendrán esto dentro de procesos judiciales y disciplinarios
  3. 3. Se les conocer así a los encargados de proveer redes y/o servicios de telecomunicaciones
  4. 4. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia deberán ser autorizadas por orden de operaciones o misión de trabajo
  5. 5. Cada organismo de inteligencia creará uno de estospara la corrección, actualización y retiro de datos e información de inteligencia
  6. 6. Es una junta que se reunirá al menos una vez al mes para producir estimativos de inteligencia y contrainteligencia
  7. 8. Definen las áreas y tareas de recolección de información de inteligencia y contrainteligencia
  8. 12. La función de inteligencia estará limitada a este principio, que garantiza la protección de los derechos humanos
  9. 14. Esta podrá solicitar a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia la designación de enlaces permanentes para el cumplimiento de sus funciones
  10. 15. Los funcionarios de la Comisión Legal de Seguimiento a las Actividades de Inteligencia y Contrainteligencia se someterán a por lo menos un (1) estudio de esto
  11. 18. Sometimiento a discusión de cualquier proposición o proyecto sobre cuya adopción deba resolver la respectiva Corporación